CHAT
domingo, 7 de febrero de 2010
JERARQUIA DEL DERECHO LABORAL Y PECULIARIDADES
1) Normas comunitarias europeas.
O.I.T.
2) Constitución Española.
Constitución española
3) Tratados y Convenios Internacionales ratificados por España y publicados en el BOE.
4) Normas con rango de ley.
Estatuto de los trabajadores
5) Reglamentos.
6) Convenios Colectivos.
7) Costumbre Laboral.
8) Principios Generales del Derecho.
El sistema de fuentes del Derecho del Trabajo presenta relevantes peculiaridades por las siguientes razones:
a) La abundancia de las normas laborales.
b) La gran movilidad de las mismas, ya que se suceden en el tiempo con gran rapidez.
c) La naturaleza normalmente imperativa mínima de las normas laborales. Que sean imperativas quiere decir que se aplican a la relación laboral de forma automática al margen de toda voluntad de las partes. Que sean también mínimas quiere decir que, aunque deban aplicarse de forma automática a la relación laboral, pueden ser mejoradas por la voluntad de las partes. Por ejemplo: la duración del descanso mínimo semanal según el Estatuto de los Trabajadores es de día y medio ininterrumpido. Pues bien, por Convenio Colectivo o por contrato individual esa duración podrá mejorarse, pero nunca empeorarse.
d) La coexistencia de normas de distinta naturaleza y origen, ya que junto a las normas comunes del ordenamiento jurídico coexisten otras específicas del ordenamiento laboral (los convenios colectivos) o con rasgos peculiares (los usos y costumbres locales y profesionales).
e) La existencia de principios aplicativos propios. Junto a los principios comunes del ordenamiento jurídico tales como el de jerarquía, el de legalidad, competencia o jerarquía, coexisten otros específicos del Derecho del Trabajo. Son reglas o pautas inmutables propias de esta materia que orientan la labor del legislador, del juez o del jurista en defensa de la parte más débil de la relación laboral para protegerla de los eventuales abusos del empresario. Estos principios son:
- El principio pro operario: es un criterio que induce al legislador a inclinarse y decidir a favor del trabajador cuando introduce soluciones de Derecho social en la creación del ordenamiento jurídico.
- El principio in dubio pro operario: indica que, ante una norma con varias posibles interpretaciones, todas ellas razonables y justas, el juez debe elegir la que sea más favorable para el trabajador una vez agotados el resto de criterios interpretativos.
- El principio de norma mínima: supone que las normas inferiores y los contratos deben respetar los mínimos establecidos por las normas imperativas de superior rango.
- El principio de irrenunciabilidad de derechos: impide que el trabajador renuncie a los derechos que las normas legales o convencionales imperativas le han reconocido, salvo si esas mismas normas establecen la disponibilidad del derecho.
- El principio de condición más beneficiosa: garantiza que los derechos adquiridos por el trabajador se mantengan, pese a que una norma general promulgada con posterioridad, establezca condiciones inferiores a aquéllas que disfrutaba a título individual.
- El principio de norma más favorable: supone que, ante varias normas vigentes en conflicto, idóneas cada una de ellas para la regulación de una misma relación jurídica, se debe elegir aquélla que en su conjunto resulte más favorable para el trabajador, con independencia de su rango y siempre que se garantice el respeto a los mínimos de Derecho necesario.
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constitucion OIT derecho
viernes, 5 de febrero de 2010
MOBBING
Aqui dejo dos enlaces de unas webs muy ilustrativas y de gran ayuda sobre este tema.
http://www.acosomoral.org/
http://www.mobbing.nu/
domingo, 31 de enero de 2010
EL DERECHO DEL TRABAJO
Bueno, pues esta es la primera entrada que hago en el blog, asi que ¿que mejor manera que explicar que es el derecho al trabajo? Segun la santa biblia de internet (Wikipedia) "...es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena. El derecho laboral o Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre empleador(es), las asociaciones sindicales y el Estado. El Derecho del trabajo se encarga de normar la actividad humana, licita. Prestada por un trabajador en relación de dependencia a un empleador a cambio de una contraprestación dineraria." http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_laboral
En mi opinion, es la forma que tiene el proletariado de ser menos explotado por el patrón, pero aun asi sigue siendo explotado, el derecho del trabajo trata de que la parte mas vulnerable (el trabajador) tenga en su poder la posibilidad de defender sus derechos con el empresario, por eso han salido algunos de los derechos fundamentales que recoge nuestra Constitucion como son el derecho a la huelga y a sindicalizarse.
Bueno, en la proxima entrada hablare de las distintas normas que regula el trabajo y su jerarquia, gracias por el tiempo prestado y hasta la proxima!!!!!
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Derecho Laboral
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